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¿Quiénes y por qué necesitan una licencia?

La música grabada está protegida por derechos de propiedad intelectual.

Cuando un comercio, medio, empresa, institución o establecimiento utiliza música grabada en un espacio abierto al público, necesita contar con la autorización legal correspondiente.

Esa autorización permite el uso público de las producciones representadas por productores e intérpretes que otorgaron expreso mandato.

Dónde aplica

A través de la plataforma de autolicenciamiento de CAPIF SGC, los usuarios obtienen la autorización necesaria para musicalizar en los siguientes entornos:

Bares, restaurantes, hoteles, tiendas, gimnasiosComercio y servicios
Eventos, ferias, festivales, shopping centersAmbientación de espacios abiertos al público
Publicidad, campañas, contenidos corporativosEmpresas y marcas
Teatros, museos, recitales, shows y música en vivoEntretenimiento y cultura
Tradicionales y digitales, por usos no interactivos del repertorioMedios de comunicación

Qué cubre

La licencia de CAPIF SGC cubre los derechos de productores fonográficos e intérpretes con mandato vigente y los repertorios de las entidades con acuerdo de reciprocidad. Los derechos de autores y compositores se gestionan por separado, a través de la sociedad de autores correspondiente.

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