¿Quiénes y por qué necesitan una licencia?
La música grabada está protegida por derechos de propiedad intelectual.
Cuando un comercio, medio, empresa, institución o establecimiento utiliza música grabada en un espacio abierto al público, necesita contar con la autorización legal correspondiente.
Esa autorización permite el uso público de las producciones representadas por productores e intérpretes que otorgaron expreso mandato.
Dónde aplica
A través de la plataforma de autolicenciamiento de CAPIF SGC, los usuarios obtienen la autorización necesaria para musicalizar en los siguientes entornos:
| Bares, restaurantes, hoteles, tiendas, gimnasios | Comercio y servicios |
| Eventos, ferias, festivales, shopping centers | Ambientación de espacios abiertos al público |
| Publicidad, campañas, contenidos corporativos | Empresas y marcas |
| Teatros, museos, recitales, shows y música en vivo | Entretenimiento y cultura |
| Tradicionales y digitales, por usos no interactivos del repertorio | Medios de comunicación |
Qué cubre
La licencia de CAPIF SGC cubre los derechos de productores fonográficos e intérpretes con mandato vigente y los repertorios de las entidades con acuerdo de reciprocidad. Los derechos de autores y compositores se gestionan por separado, a través de la sociedad de autores correspondiente.
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